La investigación sanjuanina sobre presuntas maniobras patrimoniales contra adultos mayores tuvo una nueva resolución judicial. Carina Fernanda Godoy deberá cumplir seis meses de prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial. La medida se adoptó en una causa que también alcanza a familiares y personas de su entorno, y en la que la fiscalía investiga posibles estafas y la apropiación de bienes de hombres mayores.

Diario de Cuyo informó que Godoy había estado bajo una modalidad domiciliaria de prisión preventiva en una etapa anterior del proceso. La nueva decisión modifica su lugar de detención mientras continúa la investigación penal preparatoria. La Justicia fijó un plazo de doce meses para reunir y analizar la prueba; eso no supone que se haya establecido responsabilidad penal definitiva.

Otros imputados recibieron medidas de distinta modalidad y duración. Enzo Araya y Brisa Rodríguez deberán cumplir tres meses de prisión preventiva domiciliaria. Para María Alejandra Pugliese, Analía Rodríguez y Rocío Solar se dispusieron tres meses de prisión preventiva en el establecimiento penitenciario, según la información difundida tras la audiencia. Cada situación procesal debe evaluarse de forma individual.

La hipótesis investigada apunta a un posible aprovechamiento de la vulnerabilidad de personas mayores para acceder a dinero, cuentas bancarias e inmuebles. El expediente abarcaría a siete presuntas víctimas y tres propiedades obtenidas mediante maniobras que los investigadores intentan reconstruir. Entre las personas mencionadas hay un hombre fallecido y otro cuyo paradero aún se investiga, circunstancias que exigen especial cuidado antes de establecer relaciones causales.

El fiscal Eduardo Gallastegui y la ayudante fiscal Milena Berbari intervienen por la UFI de Delitos Informáticos y Estafas, de acuerdo con el medio local. En los próximos meses deberán establecer la autenticidad de las operaciones, el recorrido de los activos y la intervención atribuida a cada acusado. La prisión preventiva es una medida para el desarrollo del proceso y no reemplaza al juicio ni a la presunción de inocencia.

La diferencia entre la medida impuesta a Godoy y las dispuestas para los demás acusados muestra que el tribunal examinó situaciones procesales distintas. También debe distinguirse la modalidad domiciliaria de la permanencia en el Servicio Penitenciario: ambas son formas de prisión preventiva, pero establecen restricciones y condiciones de cumplimiento diferentes. La extensión temporal fijada para cada persona responde a la decisión comunicada en esta etapa y podrá ser objeto de revisión conforme avance el expediente.

El número de posibles damnificados y la referencia a inmuebles bajo investigación delimitan la magnitud inicial de la hipótesis fiscal. No prueban todavía que cada transferencia de dinero, acto de ocupación o disposición de propiedades haya ocurrido como se describió. La fiscalía tendrá que contrastar testimonios con movimientos bancarios, documentación registral y otras evidencias para reconstruir las operaciones y establecer si hubo engaño, quién pudo haber intervenido y qué perjuicio sufrió cada persona.

La especial vulnerabilidad de adultos mayores exige proteger su identidad y evitar detalles personales que no aporten a entender la decisión judicial. También corresponde preservar la distinción entre quienes denunciaron hechos, quienes son investigados y quienes fueron alcanzados por una resolución cautelar. Durante el plazo de investigación podrían aparecer nuevos elementos, pero cualquier ampliación deberá sustentarse en información judicial comprobable y no en la mera pertenencia a un entorno familiar.

Por ahora, el dato central es procesal: la Justicia modificó y fijó medidas para los acusados, y concedió un año de trabajo preparatorio a los investigadores. La existencia de una acusación grave no equivale a una condena. La definición sobre responsabilidades dependerá de la prueba y de las instancias judiciales posteriores.