ANSES estableció un procedimiento automático para acreditar la condición educativa vinculada con la Asignación Universal por Hijo. La Resolución 290/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, dispone un intercambio de información con la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano. El cambio se aplicará a los montos reservados puestos al pago desde el 1 de noviembre de 2026. La norma modifica la forma de comprobación y no anuncia la eliminación de las obligaciones vinculadas con la asignación.

El organismo previsional podrá verificar la condición educativa a partir de los datos remitidos por Educación mediante un intercambio seguro. El objetivo del mecanismo es que una comprobación que depende de información escolar pueda realizarse entre organismos públicos, sin exigir siempre la presentación inicial de un documento por parte de la familia. La acreditación automática dependerá de que ANSES cuente efectivamente con los datos necesarios para identificar y validar el cumplimiento correspondiente.

La resolución contempla expresamente qué ocurre si esa información no está disponible. En esos casos, o cuando la persona titular formule un reclamo, podrá acreditar las condiciones mediante la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación. Por lo tanto, el anuncio no convierte ese documento en una herramienta extinguida. Sigue siendo una vía prevista en la propia disposición para situaciones que no se resuelvan con el intercambio entre organismos.

Ese punto es especialmente relevante para las familias que encuentren diferencias, datos incompletos o dificultades de registro. La norma no establece que toda ausencia de información escolar implique automáticamente perder el monto reservado, sino que ofrece un mecanismo alternativo de acreditación. Las modalidades prácticas de consulta y presentación deberán seguirse por los canales de ANSES. El texto publicado no permite anticipar que todos los casos quedarán resueltos sin intervención de la persona titular.

La AUH mantiene condiciones relacionadas con educación, salud y vacunación. El procedimiento anunciado se concentra en la comprobación educativa: no debe interpretarse como una dispensa general de controles sanitarios o del calendario de vacunación. Tampoco modifica por sí mismo la distribución entre el pago habitual y la parte reservada de la prestación. La cobertura de Tiempo de San Juan explica el cambio en relación con ese veinte por ciento, pero la resolución regula la acreditación y su aplicación temporal.

La fecha de vigencia está definida sobre los montos puestos al pago a partir del primero de noviembre. Es distinto del día de firma de la medida, que fue el 28 de septiembre, y de su publicación oficial, realizada el 30. Esa diferencia evita atribuir el nuevo procedimiento a liquidaciones previas sin respaldo. El texto tampoco fija un día único en el que todas las familias recibirán simultáneamente el dinero reservado ni reemplaza el calendario de pagos de cada beneficiario.

La resolución fue firmada por Guillermo Héctor Arancibia. Su publicación incorpora el procedimiento al marco administrativo de ANSES y deja expresamente documentada la alternativa de presentación de la Libreta.

Para comprender el alcance del cambio, la referencia principal es la resolución publicada: verificación educativa mediante datos oficiales, Libreta disponible cuando falte información o exista un reclamo y aplicación desde noviembre. Las familias deberán comprobar su situación particular antes de asumir que ya está acreditada. La próxima instancia de servicio será conocer cómo ANSES informa el resultado del cruce y qué indicaciones ofrece para subsanar diferencias. La simplificación administrativa anunciada conserva, de ese modo, una alternativa documental dentro del mismo régimen de asignaciones.