El Senado convirtió en ley la reforma del régimen de Zonas Frías este jueves, con 38 votos afirmativos y 8 negativos. El texto llegó sin cambios respecto de la versión aprobada en Diputados, por lo que el trámite parlamentario quedó concluido. Para San Juan, la consecuencia central es que la ubicación geográfica dejará de ser suficiente por sí sola para acceder automáticamente a la tarifa diferencial del gas.
El esquema de cobertura territorial permanente quedará concentrado en la Patagonia, la Puna y el departamento mendocino de Malargüe. En las provincias sumadas al régimen durante la ampliación de 2021, incluida San Juan, el acceso pasará a depender principalmente de la situación económica de cada hogar. El texto contempla la posibilidad de conservar el beneficio cuando los ingresos no superen tres Canastas Básicas Totales y prevé condiciones particulares para familias del ReNaBaP, veteranos de Malvinas y hogares con integrantes que poseen Certificado Único de Discapacidad.
Otra modificación relevante afecta la forma de calcular la bonificación. Según la cobertura de la sanción, el descuento recaerá sobre el Precio de Ingreso al Sistema de Transporte del gas consumido y no sobre el importe íntegro de la factura. El costo final que verá cada usuario no puede determinarse únicamente con el porcentaje de descuento anterior: también intervienen el consumo, los demás componentes tarifarios y las reglas de implementación que dicte el Ejecutivo.
La reforma incluye, además, una prórroga hasta 2045 de incentivos fiscales para energías renovables y un mecanismo para regularizar deudas de distribuidoras eléctricas con CAMMESA. Esas disposiciones forman parte de la ley aprobada, aunque afectan ámbitos diferentes de la tarifa residencial de gas. El Gobierno nacional argumenta que busca focalizar recursos en hogares de menores ingresos y reducir el costo fiscal. La oposición advirtió que la pérdida de cobertura territorial puede trasladar mayores costos a familias de provincias incorporadas en 2021.
Para los usuarios sanjuaninos, el paso práctico será seguir la publicación y aplicación de la reglamentación: allí deberían precisarse mecanismos de identificación de hogares, eventuales trámites y fechas de entrada en vigencia. Hasta entonces no corresponde atribuir un aumento idéntico a todas las boletas ni asegurar que una persona concreta perderá el subsidio. La sanción determina el nuevo criterio general; su efecto particular dependerá de la situación de cada usuario.
El Senado explicó que el fondo correspondiente financiará una bonificación sobre el precio del gas natural y del propano por redes. También prevé una bonificación adicional para ciertos usuarios incluidos en el régimen de subsidios focalizados. El porcentaje fijo anterior para áreas originales se elimina de la ley y el Ejecutivo recibirá facultades para definir modalidades. Es una razón más para no proyectar un monto uniforme de descuento o aumento antes de la reglamentación.
Durante la sesión hubo defensas y críticas desde distintas provincias. Quienes apoyaron la propuesta describieron la focalización como un modo de dirigir mejor el gasto público; quienes la rechazaron insistieron en las mayores necesidades de calefacción de regiones frías y en el costo final para los hogares. San Juan deberá observar ambos aspectos: el acceso según ingresos y la necesidad de calefacción según condiciones locales. El texto también incluye reglas sobre deudas eléctricas, lo que impide resumir toda la norma como un cambio exclusivo del gas.
El umbral de tres Canastas Básicas Totales mencionado en la cobertura debe aplicarse según la definición que finalmente establezcan las reglas operativas. Un hogar no debería decidir si puede conservar el beneficio usando únicamente un cálculo periodístico previo a esa publicación. El seguimiento local tendrá que indicar dónde realizar consultas y qué documentación pedirán las autoridades, cuando esas instrucciones sean oficiales.




