La Sala 1 de la Cámara Laboral de San Juan confirmó una sentencia que reconoció como accidente de trabajo el accidente cerebrovascular sufrido por un topógrafo mientras prestaba servicios en el proyecto Pascua Lama. El episodio ocurrió en 2012, a unos 4.500 metros de altura, y dio lugar a un litigio que se extendió más de una década. La resolución obliga a la aseguradora de riesgos del trabajo demandada, Experta ART —antes La Caja ART—, a responder por la indemnización fijada en el expediente, según la cobertura judicial publicada este viernes.
El caso no establece que cualquier ACV de una persona empleada en minería sea automáticamente laboral. La decisión se apoya en las circunstancias específicas acreditadas por peritos y jueces: una condición vascular preexistente, las exigencias fisiológicas del trabajo en altura y el análisis de los exámenes de ingreso y controles posteriores. La pericia médica evaluó que la menor disponibilidad de oxígeno y los cambios de presión actuaron como factores desencadenantes del episodio. El trabajador quedó con una incapacidad laboral informada del 76%.
Otro aspecto central de la sentencia es la detección de antecedentes de salud antes de asignar tareas en cordillera. Según la información del fallo difundida por los medios, la condición congénita no había sido identificada en los controles preocupacionales ni en los seguimientos anuales. Ese dato fue valorado por los magistrados al analizar la relación entre las tareas y el daño. La minera Barrick, a cargo del proyecto en aquel momento, quedó fuera del reclamo judicial resuelto contra la ART; esa distinción evita atribuirle una condena que la resolución no le impuso.
El trabajo en alta montaña demanda protocolos médicos y de emergencia adecuados a distancias, clima y altitud. El caso vuelve a poner el foco en la calidad de esos controles y en la documentación de las condiciones reales de prestación, incluidos los regímenes de permanencia en el proyecto. Su eventual influencia sobre otros expedientes dependerá de las pruebas y de la interpretación judicial de cada uno; llamar al fallo un precedente relevante no equivale a afirmar que ya modificó todas las normas del sector.
La resolución puede impulsar una revisión de prácticas preventivas entre aseguradoras, contratistas y operadoras mineras. Para los trabajadores afectados, la cuestión inmediata es el alcance efectivo de la indemnización y las instancias procesales que todavía pudieran corresponder. La información pública consultada no incluye el expediente completo ni una confirmación independiente de que la suma haya sido pagada. Por eso, el estado de ejecución de la sentencia y los importes definitivos requieren verificación antes de una conclusión adicional.
En la cobertura del expediente se menciona que los regímenes de trabajo en cordillera podían organizarse en turnos prolongados, con períodos de descanso posteriores. Para analizar el riesgo ocupacional importan la exposición efectiva del trabajador, las tareas desempeñadas y su historia clínica, no solo el nombre del proyecto. Esos elementos fueron materia de prueba en este litigio. La altura de 4.500 metros constituye un dato especialmente relevante por los cambios de oxigenación y presión, aunque no permite diagnosticar por sí misma la causa de un ACV en otra persona.
La discusión jurídica combina prevención y reparación. Los exámenes preocupacionales buscan detectar condiciones que exijan adaptaciones o controles adicionales; no autorizan a afirmar que toda afección previa excluye una cobertura de ART. Los jueces valoraron si el ambiente laboral contribuyó al episodio y si la aseguradora debía responder. Esa lógica ayuda a comprender por qué el fallo se aparta de una lectura puramente individual de la enfermedad. El texto íntegro de la sentencia permitirá precisar sus límites cuando esté disponible.




