La Agencia de Recaudación y Control Aduanero incorporó la declaración jurada de destino minero a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino, conocida como VUCEA. La medida quedó publicada este lunes 5 de octubre mediante la Resolución General 5909/2026 y alcanza un trámite necesario para importar bienes con los beneficios previstos en la Ley de Inversiones Mineras. El cambio vincula la documentación presentada ante la autoridad minera con su validación en el Sistema Informático Malvina de la Aduana.

La norma fue firmada el 1 de octubre y establece que entrará en vigencia a los diez días hábiles contados desde su publicación. Por eso, la aparición en el Boletín Oficial no significa que el nuevo circuito ya sea exigible desde este lunes. Además, mantiene una excepción para las autorizaciones de importación emitidas antes de esa entrada en vigencia que continúen válidas al momento de declararse en el sistema aduanero: esas operaciones quedan fuera del nuevo procedimiento.

La declaración de destino minero identifica los bienes que se importarán y el uso para el cual se solicita el tratamiento previsto por el régimen. Incluye la clasificación arancelaria correspondiente y forma parte de la documentación que respalda el despacho de importación. Su incorporación a VUCEA permite que esa información circule entre los organismos intervinientes mediante el servicio de recepción de licencias, permisos, certificados y otros documentos, denominado LPCO, para su validación en Malvina.

El antecedente directo es la Resolución 73/2026 de la Secretaría de Minería, publicada en septiembre. Esa disposición reguló el procedimiento de acceso a los beneficios del artículo 21 de la Ley 24.196 y estableció que el solicitante debe estar inscripto, con registro vigente, en el régimen de inversiones mineras. También vinculó los bienes a un proyecto activo o a servicios mineros declarados. La nueva resolución de ARCA completa el enlace informático previsto para que la documentación admitida llegue a la Aduana.

De acuerdo con ese marco, la presentación se realiza a través de Trámites a Distancia y cada operación puede incluir hasta treinta ítems. Entre los datos exigidos se encuentran la identificación del beneficiario, el proyecto al que se afectarán los bienes, la descripción, la cantidad, la unidad de medida y la posición arancelaria. También se informa si la compra es directa o mediante leasing, y si los equipos son nuevos, usados o reacondicionados. Esos requisitos permiten relacionar cada importación con el destino declarado.

La validación documental es un paso necesario antes de oficializar las importaciones con el beneficio correspondiente. Una vez cumplida, el beneficiario puede utilizar las cantidades autorizadas hasta agotarlas, bajo las condiciones del régimen. La declaración conserva su validez mientras siga vigente la inscripción y no exista una suspensión del uso de los beneficios. El circuito también prevé intercambio de información desde la Aduana hacia la autoridad minera para facilitar el seguimiento y la trazabilidad de las operaciones.

La incorporación a VUCEA no equivale a aprobar una mina, habilitar una obra ni conceder una autorización ambiental. Se trata de un procedimiento aduanero para bienes con destino minero exclusivo. Tampoco representa, por sí misma, una nueva inversión desembolsada o la confirmación de compras de un proyecto determinado. Para las empresas y proveedores alcanzados, el cambio relevante está en cómo se presenta, transmite y valida la documentación necesaria para utilizar beneficios ya regulados.

ARCA indicó que las pautas deben complementarse con el Manual de Usuario Externo del micrositio VUCE y facultó a sus áreas de Sistemas y a la Dirección General de Aduanas a emitir normas de implementación. Las firmas que preparen operaciones deberán distinguir entre autorizaciones anteriores todavía vigentes y trámites sujetos al nuevo esquema. El próximo paso es la entrada en vigor del procedimiento, luego del plazo de diez días hábiles fijado en la resolución.