Argentina autorizó a Avianca Costa Rica a operar la ruta San José–Bogotá–Buenos Aires, en ambos sentidos, para transportar pasajeros y cargas. El permiso fue publicado este lunes en el Boletín Oficial y establece como aeropuerto argentino a Ezeiza. Según informó la Secretaría de Transporte, la compañía proyecta comenzar en marzo de 2027, con siete frecuencias semanales y aviones con capacidad para 180 pasajeros.

La decisión administrativa no significa que los vuelos hayan comenzado ni que exista ya un cronograma comercial definitivo. El comunicado oficial presenta marzo como la fecha prevista por la empresa, pero no informa un día de inauguración, horarios, tarifas ni condiciones de venta. La conexión autorizada incluye a Bogotá: no se anunció un vuelo sin escalas entre Buenos Aires y Costa Rica.

La habilitación quedó formalizada mediante la Disposición 29/2026 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo, firmada el viernes 23 de octubre por Hernán Adrián Gómez. Su primer artículo concede a la filial costarricense servicios internacionales regulares y combinados de pasajeros y cargas, con derechos de tercera, cuarta y quinta libertad del aire. El alcance comprende el aeropuerto internacional Ministro Pistarini, no Aeroparque.

Esos derechos determinan qué tráfico puede transportar una aerolínea extranjera. Las tercera y cuarta libertades permiten llevar pasajeros o carga entre el país de la compañía y otro Estado, en uno y otro sentido. La quinta agrega la posibilidad de transportar tráfico entre dos países extranjeros dentro de un servicio que comienza o termina en el país de origen del operador, según las definiciones de la Organización de Aviación Civil Internacional.

En esta ruta, la quinta libertad tiene una consecuencia concreta: el permiso argentino habilita a Avianca Costa Rica a transportar pasajeros y cargas entre Bogotá y Ezeiza como parte del servicio vinculado con San José. No se trata solamente de atravesar Colombia o realizar una parada técnica. Tampoco equivale a autorizar vuelos de cabotaje dentro de la Argentina, que no forman parte de esta disposición.

Los considerandos indican que la compañía pidió una frecuencia diaria. Sin embargo, el artículo que otorga la autorización no fija un límite numérico de vuelos. Por eso conviene distinguir la operación proyectada —siete frecuencias semanales, según Transporte— del alcance del permiso publicado. El documento también señala que la empresa acreditó los requisitos legales y administrativos y que había sido designada por la autoridad aeronáutica de Costa Rica.

La Dirección Nacional de Transporte Aéreo, dependiente de la ANAC, emitió una opinión favorable. También intervinieron la administración aeronáutica, la Secretaría de Transporte y el servicio jurídico del Ministerio de Economía. La disposición ordena notificar a la empresa y comunicar la medida a la ANAC.

El marco bilateral citado reúne memorandos firmados por Argentina y Costa Rica en 1997, 2003 y el 11 de noviembre de 2025. Sobre este último, Transporte explicó que estableció frecuencias ilimitadas para las líneas aéreas de ambos países. El Gobierno ubica la autorización dentro de su política de Cielos Abiertos y sostiene que busca ampliar la competencia y las alternativas de conectividad; esos son objetivos oficiales, no resultados que puedan medirse antes del inicio del servicio.

Para los viajeros, la novedad confirmada es la autorización de una conexión internacional adicional a través de Bogotá. La oferta efectiva, sus horarios y el precio de los pasajes deberán conocerse con la programación comercial de la compañía. La medida publicada no establece un valor de referencia ni garantiza una reducción de tarifas.