Joy Airline recibió la autorización nacional para operar vuelos regulares entre San Salvador de Jujuy y Buenos Aires, y entre la capital jujeña y Córdoba. La Disposición 28/2026 fue publicada este martes 20 de octubre en el Boletín Oficial. Según el cronograma comunicado por la Secretaría de Transporte, los servicios regulares comenzarán el 4 de noviembre, con aeronaves para 50 pasajeros.

El esquema anunciado contempla 12 frecuencias semanales entre Jujuy y el Aeroparque Jorge Newbery, y otras siete entre Jujuy y Córdoba. Las dos conexiones fueron autorizadas en ambos sentidos. Se trata de una habilitación para transportar pasajeros y cargas de manera combinada, no solamente de una operación destinada al turismo.

La empresa que recibió el permiso es Buenos Aires International Airlines Sociedad Anónima, conocida comercialmente como Joy Airline. La disposición lleva la firma del subsecretario de Transporte Aéreo, Hernán Adrián Gómez, y está fechada el 16 de octubre. Su publicación de este martes formaliza la novedad administrativa, mientras que la fecha informada para el primer vuelo regular permanece en noviembre.

El texto autoriza además a alterar u omitir escalas. Esa facultad forma parte del alcance del permiso otorgado a la compañía y no modifica por sí sola el cronograma de frecuencias difundido por Transporte. La comunicación oficial identifica Aeroparque como la terminal porteña prevista, aunque la disposición se refiere a Buenos Aires sin precisar ese aeropuerto en el artículo que habilita las rutas.

La autorización comercial y el cumplimiento de las exigencias operativas son instancias distintas. La norma recuerda que, para ejercer los derechos otorgados, la empresa debe acreditar la emisión de sus certificados digitales de explotador dentro de los 180 días corridos posteriores a la obtención de las autorizaciones aerocomerciales.

Si no lo hace en ese período, el régimen prevé una intimación por única vez y por otro plazo igual. El incumplimiento posterior puede provocar la caducidad de las autorizaciones. Es una condición establecida en el marco regulatorio citado por la disposición, no una sanción impuesta ahora a Joy ni una constatación de que la empresa haya incumplido.

En los fundamentos del acto, la Subsecretaría señala que la compañía acreditó los requisitos de capacidad técnica y económico-financiera previstos en el Código Aeronáutico. También informa que las áreas técnicas de la Administración Nacional de Aviación Civil se pronunciaron favorablemente sobre los servicios solicitados. La decisión debe ser notificada a la empresa y comunicada a la ANAC.

Además del programa regular, Transporte informó que Joy proyecta iniciar vuelos chárter el 27 de octubre. Ese servicio estará orientado al traslado de delegaciones deportivas y al turismo vacacional. La fecha corresponde a una previsión comunicada por el Gobierno: no debe confundirse con vuelos ya realizados ni con el comienzo de las dos rutas regulares autorizado en esta disposición.

El proyecto tiene antecedentes previos a la publicación de este martes. El 7 de septiembre, el medio provincial de Jujuy había informado que la compañía preparaba la venta de pasajes para esas mismas conexiones, con las mismas frecuencias semanales, y que el inicio efectivo dependía de completar trámites aeronáuticos. La noticia actual es la autorización nacional, no el anuncio inicial de las rutas.

Para quienes evalúan viajar, el dato central es que la oferta regular anunciada todavía no está en funcionamiento. El cronograma comunicado este martes fija el 4 de noviembre como inicio previsto. El Boletín Oficial no establece tarifas, horarios de salida ni condiciones comerciales de los pasajes.