El Senasa habilitó una modalidad de autogestión digital para inscribir nuevos establecimientos de empaque, molienda y conservación en frío de frutas, hortalizas y aromáticas. El trámite se realiza a través de SIGTRÁMITES y mantiene los requisitos sanitarios y las inspecciones necesarios para operar, informó el organismo este martes 20 de octubre.
La inscripción está dirigida a los titulares o responsables de los establecimientos. Alcanza a instalaciones que trabajan para el mercado interno o la exportación, incluidas cámaras de maduración y desverdizado. La guía oficial también contempla productos como frutas secas y desecadas, semillas comestibles, hongos y algas.
Es obligatorio constituir un domicilio electrónico mediante SIGTRÁMITES. Para comenzar, el responsable debe ingresar al sitio de ARCA con su usuario, buscar SIGTRAMITE y, dentro de ese sistema, localizar el trámite 205 de frutas, hortalizas y aromáticas. Luego debe completar los formularios de inscripción del nuevo establecimiento y de su actividad, abonar el arancel obligatorio que corresponda y finalizar la presentación. La guía contempla una opción urgente, pero no informa allí un importe único para todos los casos.
Antes de iniciar la carga, conviene reunir la documentación digitalizada. Se solicita un croquis con los sectores de proceso y almacenamiento, los espacios para envases y productos de limpieza, y las aberturas del edificio. También debe indicarse el recorrido del proceso, sobre ese plano o en un esquema separado.
Otro requisito es el análisis del agua utilizada en el proceso y en los sanitarios, cuando provenga de fuentes diferentes, con una antigüedad máxima de seis meses. Debe incluir estudios microbiológicos y físico-químicos. La documentación debe incluir además la habilitación municipal o una constancia de que el municipio conoce la existencia del establecimiento, como el inicio del trámite de habilitación.
Después de la presentación, el centro regional correspondiente realizará una inspección. La digitalización del registro no elimina esa verificación: las instalaciones deben cumplir las condiciones de la Resolución SAGyP 21/2025 para mantener su habilitación. La inscripción no tiene vencimiento, aunque cualquier cambio en los datos o documentos presentados debe informarse de inmediato. También se prevé al menos una visita de inspección anual.
El manual para usuarios externos está disponible en la guía de inscripción del sitio del Senasa. Para consultas, el organismo informó los teléfonos (011) 4121-5404 y (011) 4121-5000, internos 5507 y 5508, y los correos jbevilac@senasa.gob.ar, faguirre@senasa.gob.ar y bcampana@senasa.gob.ar.




