El Gobierno autorizó una soja genéticamente modificada con tolerancia a distintos herbicidas, pero condicionó su comercialización a la obtención de un certificado de importación de China. La decisión quedó publicada este viernes 16 de octubre en la Resolución 200/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. La firma beneficiaria es Syngenta Agro S.A.
El punto central para interpretar la medida está en sus dos primeros artículos. El primero concede la autorización comercial para todo uso del evento acumulado DAS-444Ø6-6 x MST-FGØ72-2. El segundo establece que la empresa debe abstenerse de comercializar variedades con esa combinación hasta contar con el Certificado de Bioseguridad para Importación y Procesamiento que habilita el ingreso del poroto extranjero a China.
La aprobación argentina, por lo tanto, no equivale a una habilitación de venta inmediata sin condiciones. El requisito vinculado al mercado chino forma parte de la propia resolución y debe cumplirse antes de la comercialización de esas variedades. La norma no informa que ese certificado ya haya sido obtenido ni fija una fecha para conseguirlo.
La soja reúne dos eventos genéticamente modificados que ya tenían autorización comercial en el país. Según el comunicado de Agricultura, la combinación se obtuvo mediante cruzamiento convencional. Incorpora tolerancia a herbicidas basados en glifosato, glufosinato de amonio y 2,4-D, además de inhibidores de la enzima HPPD. La autorización se refiere a esa combinación concreta y no a cualquier material genético de soja.
El expediente pasó por tres instancias de evaluación: bioseguridad agropecuaria, aptitud alimentaria e impacto comercial. La Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria, CONABIA, examinó las características de los eventos individuales y las posibles interacciones entre las proteínas expresadas al acumularlos. Su conclusión, recogida en los fundamentos de la resolución, fue que la combinación no presenta riesgos nuevos o incrementados frente a otras sojas comerciales.
El Senasa, por su parte, evaluó la aptitud para consumo humano y animal. El organismo consideró que el producto es tan seguro y no menos nutritivo que su contraparte convencional y otras variedades comerciales, de acuerdo con los criterios y el conocimiento científico citados en el expediente. Esa conclusión corresponde a la evaluación oficial del cultivo; no reemplaza las reglas aplicables al uso de los herbicidas.
La Dirección de Políticas de Mercados analizó el posible efecto sobre las exportaciones del poroto y sus derivados. Aunque no identificó riesgos potenciales en su evaluación, propuso supeditar la difusión de los cultivares al certificado chino. Esa recomendación explica la condición que quedó incorporada en la parte operativa de la medida.
La resolución también impone obligaciones posteriores a la empresa. Syngenta deberá comunicar de inmediato cualquier nueva información científico-técnica que pueda afectar o invalidar las conclusiones utilizadas para aprobar el evento. Si la autoridad considera que nuevos datos invalidan esos fundamentos, la autorización podrá quedar sin efecto. Además, la firma deberá cumplir las normas de los organismos de control competentes.
El acto fue firmado el 15 de octubre por el secretario Sergio Iraeta y publicado al día siguiente. Dispone comunicar la decisión al Senasa y al Instituto Nacional de Semillas para que intervengan dentro de sus competencias. Con la evaluación argentina concluida, el requisito que la propia norma señala para avanzar hacia la venta es la certificación exigida para el mercado chino.




